Artículo 75 · Fracción XXII: Informes de auditorias realizadas.
Artículo 75
Los Sujetos Obligados deberán poner a disposición del público de manera permanente y actualizar de forma sencilla, precisa y entendible, en la Plataforma Nacional y en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y póliticas que a continuacion se señalan
Fracción XXII: Informes de auditorias realizadas.
Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen y, en su caso, las aclaraciones que correspondan.
