Requisitos:

  • Plan de manejo autorixado por SEMA

Tiempo de Resolución:  3 dias hábiles.
Horario de Atención: de Lunes a Viernes de 09:00 a 15:00 hrs.
Correo de contacto: dgma@puertomorelos.gob.mx
Unidad/Dependencia/Responsable: Direccion General de Medio Ambiente
Ubicación: 
Sm-17, Mza-10 Lote 15-01 Plaza Oasis, Interior Local 103, Av. Joaquiin Zetina Gasca con calle Cedro, Puerto Morelos, Quintana Roo.
Fundamento Legal: Articulo 128, insiso a, de la ley de hacienda del municipio de puerto morelos

Requisitos:

  • n/p

Tiempo de Resolución:  3 dias hábiles.
Horario de Atención: de Lunes a Viernes de 09:00 a 15:00 hrs.
Correo de contacto: dgma@puertomorelos.gob.mx
Unidad/Dependencia/Responsable: Direccion General de Medio Ambiente
Ubicación: 
Sm-17, Mza-10 Lote 15-01 Plaza Oasis, Interior Local 103, Av. Joaquiin Zetina Gasca con calle Cedro, Puerto Morelos, Quintana Roo.
Fundamento Legal: Articulo 128, insiso a, de la ley de hacienda del municipio de puerto morelos

Requisitos:

  • n/p

Tiempo de Resolución:  10 dias hábiles.
Horario de Atención: de Lunes a Viernes de 09:00 a 15:00 hrs.
Correo de contacto: dgma@puertomorelos.gob.mx
Unidad/Dependencia/Responsable: Direccion General de Medio Ambiente
Ubicación: 
Sm-17, Mza-10 Lote 15-01 Plaza Oasis, Interior Local 103, Av. Joaquiin Zetina Gasca con calle Cedro, Puerto Morelos, Quintana Roo.
Fundamento Legal: Articulo 128, insiso a, de la ley de hacienda del municipio de puerto morelos

Requisitos:

  • Original y copia del formato de solicitud, debidamente llenado y firmado
  • Solicitud en escrito libre, dirigido a C. Michel Mesta Delgado Director General de Medio Ambiente, indicando el nombre, denominación o razón social y el domicilio en la ciudad de Puerto Morelos para oír y recibir notificaciones, debidamente firmada por el propietario o su representante legal.
  • Plano topográfico del predio en coordenadas UTM, Datum WGS-84, KML o DWG Georeferenciado.
  • Documento que acredite la legal posesión y/o propiedad del predio.
  • Identificación oficial del propietario y/o representante legal del predio.
  • En caso de personas morales presentar, acta constitutiva.
  • Documento que acredite la personalidad jurídica del representante legal.
  • Si el dueño del negocio o el representante legal no realizara los trámites, se deberá entregar carta poder firmada por la persona que otorga el poder, el aceptante, así como de dos testigos, anexando fotocopia de su identificación oficial.
  • Memoria descriptiva (Denominación, en su caso, y ubicación del predio, así como la superficie a desmontar).
  • Licencia de Construcción y planos arquitectónicos autorizados por la Dirección de Desarrollo Urbano (Proyectos de barda perimetral y/o casa habitación podrán presentarla en caso de tenerla).

Tiempo de Resolución:  20 dias hábiles.
Horario de Atención: de Lunes a Viernes de 09:00 a 15:00 hrs.
Correo de contacto: dgma@puertomorelos.gob.mx
Unidad/Dependencia/Responsable: Direccion General de Medio Ambiente
Ubicación: 
Sm-17, Mza-10 Lote 15-01 Plaza Oasis, Interior Local 103, Av. Joaquiin Zetina Gasca con calle Cedro, Puerto Morelos, Quintana Roo.
Fundamento Legal: Artículo 35 del Reglamento General de la Administración Pública del Municipio de Puerto Morelos del Estado de Quintana Roo; Artículos 67, 70, 71, 72, 73, fracción I y II, 74, 75, 76, 77, 79 y  81 del Reglamento de Ecología y de Gestión Ambiental del Municipio de Puerto Morelos; Programa de Ordenamiento Ecológico Local (POEL); Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Quintana Roo; Artículo 141 de la Ley de Hacienda del Municipio de Puerto Morelos, del Estado de Quintana Roo; Artículo 1°, Rubro 4 Derechos, Tipo 43 Derechos por prestación de servicios, Clase 24 Servicios en materia de ecología y protección al ambiente de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Morelos del Estado de Quintana Roo, para el ejercicio fiscal 2022; Artículo 6, fracción II, del Código Fiscal Municipal del Estado de Quintana Roo..

Requisitos:

  • Original y copia del formato de solicitud, debidamente llenado y firmado en folder tamaño carta.
  • Solicitud en escrito libre, dirigido a la Dirección General de Medio Ambiente, indicando los siguientes puntos: 1.- Nombre, domicilio y teléfono. 2.- Dirección donde se pretende realizar el derribo o poda. 3.- Motivos o causas que hace necesario realizar el derribo o poda.  
  • Si el dueño del predio o representante legal no realizara los trámites, se deberá entregar carta poder firmada por la persona que otorga el poder, el aceptante, así como de dos testigos, anexando fotocopia de su identificación oficial.
  • Contrato de arrendamiento o constancia legal de posesión del predio.
  • Juego de tres fotografías, una de ellas del exterior panorámica y dos más de las afectaciones.
  • Identificación oficial del propietario del predio donde se ubique el árbol motivo de la solicitud.
  • Comprobante de domicilio.

Tiempo de Resolución:  20 dias hábiles.
Horario de Atención: de Lunes a Viernes de 09:00 a 15:00 hrs.
Correo de contacto: dgma@puertomorelos.gob.mx
Unidad/Dependencia/Responsable: Direccion General de Medio Ambiente
Ubicación: 
Sm-17, Mza-10 Lote 15-01 Plaza Oasis, Interior Local 103, Av. Joaquiin Zetina Gasca con calle Cedro, Puerto Morelos, Quintana Roo.
Fundamento Legal: Artículo 35 del Reglamento General de la Administración Pública del Municipio de Puerto Morelos del Estado de Quintana Roo; Artículos 67, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 86, 87, 88, 89, 90, 91 y 92 del Reglamento de Ecología y de Gestión Ambiental del Municipio de Puerto Morelos; Programa de Ordenamiento Ecológico Local (POEL); Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Quintana Roo; Ley Conservación, Mantenimiento, Protección y Desarrollo del Arbolado Urbano del Estado de Quintana Roo; Artículo 141 de la Ley de Hacienda del Municipio de Puerto Morelos, del Estado de Quintana Roo; Artículo 1°, Rubro 4 Derechos, Tipo 43 Derechos por prestación de servicios, Clase 24 Servicios en materia de ecología y protección al ambiente de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Morelos del Estado de Quintana Roo, para el ejercicio fiscal 2022; Artículo 6, fracción II, del Código Fiscal Municipal del Estado de Quintana Roo.

Requisitos:

  • Original y copia del formato de solicitud,
    debidamente llenado y firmado en folder tamaño carta.
  • Solicitud en escrito libre, dirigido a la
    Dirección General de Medio Ambiente, indicando los siguientes puntos: 1.- Nombre,
    domicilio y teléfono. 2.- Dirección donde se pretende realizar el derribo o
    poda. 3.- Motivos o causas que hace necesario realizar el derribo o poda.  
  • Si el dueño del predio o representante legal no
    realizara los trámites, se deberá entregar carta poder firmada por la persona
    que otorga el poder, el aceptante, así como de dos testigos, anexando fotocopia
    de su identificación oficial.
  • Contrato de arrendamiento o constancia legal de
    posesión del predio.
  • Juego de tres fotografías, una de ellas del
    exterior panorámica y dos más de las afectaciones.
  • Identificación oficial del propietario del
    predio donde se ubique el árbol motivo de la solicitud.
  • Comprobante de domicilio.

Tiempo de Resolución:  20 dias hábiles.
Horario de Atención: de Lunes a Viernes de 09:00 a 15:00 hrs.
Correo de contacto: dgma@puertomorelos.gob.mx
Unidad/Dependencia/Responsable: Direccion General de Medio Ambiente
Ubicación: 
Sm-17, Mza-10 Lote 15-01 Plaza Oasis, Interior Local 103, Av. Joaquiin Zetina Gasca con calle Cedro, Puerto Morelos, Quintana Roo.
Fundamento Legal: Artículo 35 del Reglamento General de la Administración Pública del Municipio de Puerto Morelos del Estado de Quintana Roo; Artículos 67, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 86, 87, 88, 89, 90, 91 y 92 del Reglamento de Ecología y de Gestión Ambiental del Municipio de Puerto Morelos; Programa de Ordenamiento Ecológico Local (POEL); Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Quintana Roo; Ley Conservación, Mantenimiento, Protección y Desarrollo del Arbolado Urbano del Estado de Quintana Roo; Artículo 141 de la Ley de Hacienda del Municipio de Puerto Morelos, del Estado de Quintana Roo; Artículo 1°, Rubro 4 Derechos, Tipo 43 Derechos por prestación de servicios, Clase 24 Servicios en materia de ecología y protección al ambiente de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Morelos del Estado de Quintana Roo, para el ejercicio fiscal 2022; Artículo 6, fracción II, del Código Fiscal Municipal del Estado de Quintana Roo.

Requisitos:

 

  • Original y copia del formato de solicitud, debidamente llenado.
  • Solicitud en escrito libre, Dirigido al Director General de Medio Ambiente, C. Michel Mesta Delgado,  indicando el nombre, denominación o razón social y el domicilio en la ciudad de Puerto Morelos para oír y recibir notificaciones, debidamente firmada por el propietario o su representante legal.
  • Copia del Permiso de operación anterior e informe de cumplimiento de condicionantes.
  • Si el dueño del negocio o el representante legal no realizara los trámites, deberá entregar carta poder firmada por la persona que otorga el poder, el aceptante, así como de dos testigos, anexando fotocopia de su identificación oficial.
  • Pago de impuesto Predial.
  • Constancia de uso de suelo expedido por la Dirección de Desarrollo Urbano Actualizado.
  • Comprobante de la disposición final de los residuos sólidos urbanos (Pago de basura).

Tiempo de Resolución:  20 dias hábiles.
Horario de Atención: de Lunes a Viernes de 09:00 a 15:00 hrs.
Correo de contacto: dgma@puertomorelos.gob.mx
Unidad/Dependencia/Responsable: Direccion General de Medio Ambiente
Ubicación: 
Sm-17, Mza-10 Lote 15-01 Plaza Oasis, Interior Local 103, Av. Joaquiin Zetina Gasca con calle Cedro, Puerto Morelos, Quintana Roo.
Fundamento Legal: Artículo 35 del Reglamento General de la Administración Pública del Municipio de Puerto Morelos del Estado de Quintana Roo; Artículos 67, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 84 y 85  del Reglamento de Conservación Ambiental para el Municipio de Puerto Morelos del Estado de Quintana Roo; Programa de Ordenamiento Ecológico Local (POEL); Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Quintana Roo; Artículo 141 de la Ley de Hacienda del Municipio de Puerto Morelos, del Estado de Quintana Roo; Artículo 1°, Rubro 4 Derechos, Tipo 43 Derechos por prestación de servicios, Clase 24 Servicios en materia de ecología y protección al ambiente de la Ley de Ingresos del Municipio de Puerto Morelos del Estado de Quintana Roo, para el ejercicio fiscal 2018; Artículo 6, fracción II, del Código Fiscal Municipal del Estado de Quintana Roo.